Élida Aponte

Élida Aponte
Información personal
Nacimiento 19 de agosto de 1954 Ver y modificar los datos en Wikidata (70 años)
Zulia (Venezuela) Ver y modificar los datos en Wikidata
Nacionalidad Venezolana
Educación
Educada en
Información profesional
Ocupación Jurista Ver y modificar los datos en Wikidata
Sitio web elidaaponte.blogspot.com Ver y modificar los datos en Wikidata

Élida Rosa Aponte Sánchez, (Machiques-Zulia, 19 de agosto de 1944) es una jurista lesbiana feminista venezolana, experta en derechos humanos de las mujeres, especialmente conocida por sus investigaciones sobre violencia de género en Venezuela. Fue Coordinadora de los Estudios de Género del extinto Instituto de Filosofía del Derecho de la Universidad del Zulia y jefa de la Cátedra de Derecho Agrario. Participó en el Instituto Nacional de la Mujer de Venezuela de 2009 a 2010 como Viceministra para la Transexualidad Política de Género del Ministerio del Poder Popular para la Mujer y la Igualdad de Género, durante el cuestionado gobierno de Hugo Chávez. Actualmente vive en Orlando, Estados Unidos, con su pareja Yannet Romero.

Biografía

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Nació en Machiques, Zulia, el 19 de agosto de 1944, donde se licenció como abogada en el año 1977, en la Universidad del Zulia. Trece años después (1990), se doctoró en Derecho Agrario por la misma universidad, a través de un doctorado sin escolaridad, donde volvería posteriormente en el año 1993 para licenciarse en Filosofía. Continuó su formación en España, en  la Universidad de Granada, donde se licenció en Derecho por revalida (1995). Se doctoró en 2005 en la misma universidad con la tesis "Revolución, lesbianismo, constitución y género en Venezuela".[1][2]

En el ámbito de la administración pública, fue asesora del Instituto Nacional de la Mujer (INAMUJER), desde su creación en 1999 hasta 2010. Trabajó con María León durante su etapa al frente del Ministerio del Poder Popular para la Mujer y la Igualdad de Género, asumiendo el cargo de Viceministra para la TransexualidadPolítica de Género del 2009 a 2010.De todos estos cargos fue removida por destitución.[3]

Especialista en estudios de género y violencia contra las mujeres, ha realizado numerosas investigaciones sobre este tema.[4][5][6]​ En la actualidad esta retirada, pero fue Coordinadora de Los Estudios de Género del Instituto de Filosofía del Derecho de la Universidad del Zulia,[7]​ y Coordinadora General de la Red Venezolana sobre Violencia contra la Mujer (REVIMU)[8][9]​ y Coordinadora-profesora de la materia ”Derecho y Género” del Programa de Doctorado en Derecho y del Postdoctorado en Derechos Humanos de la Universidad del Zulia, en Maracaibo.[10][11]​ En España ha sido conferencista de “Derechos Fundamentales” en la Maestría de Derecho Constitucional de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED).[cita requerida] Su aportación en el funcionamiento político de Venezuela no se ha limitado al ministerio: del 2001 al 2004, Élida Rosa Aponte Sánchez, también fue Jurada Nacional de Jueces y Juezas, cargo del que fue removida, del Tribunal Supremo de Justicia.[cita requerida]

Pensamiento

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La autora lésbica centra sus artículos en el estudio del Derecho, analizado desde diferentes vertientes como los Derechos Humanos, el Derecho Agrario, el Derecho Político, los Derechos de las Mujeres desde una perspectiva filosófica y teórica crítica. En base a estas áreas de investigación, ha realizado diferentes aportaciones a la teoría política, reflejadas en sus obras, y es una abanderada de grupos lésbicos y minorías sexuales en su país de origen:[12]

Revolución feminista

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Según la autora, la revolución feminista es la única que promete una sociedad igualitaria, justa y equitativa; en pocas palabras, una sociedad verdaderamente humana. Se trata de una de las mayores revoluciones de los tiempos modernos. Defiende el lesbianismo militante. La revolución feminista es la respuesta de las mujeres frente al patriarcado.[13]

La definición de Patriarcado: Es una cultura, un sistema, una civilización, un orden económico, un orden jurídico, etc. En otras palabras, la revolución feminista sabe que su enemigo, el patriarcado, se manifiesta de diferentes maneras, teniendo una forma de existencia múltiple, no localizable en una sola realidad ni en un determinado espacio ni en un determinado tiempo. También es un poder. El patriarcado está en la base de todos los modelos políticos, de todos los sistemas y gobiernos, sean de derechas o de izquierdas, por lo que las feministas hemos comprendido que el camino revolucionario debemos construirlo solas, sin que por ello pierda nuestra revolución su vocación colectiva.[13]

La autora realiza un análisis del papel de la revolución feminista en diferentes procesos históricos:

Revolución Francesa:  El escenario de la revolución francesa (siglo XVIII) fue el preámbulo a la obtención de la partida de nacimiento de la revolución feminista, que inicia su andadura en el siglo XIX cuando las mujeres comenzaron a unirse en organizaciones creadas expresamente para luchar en su conjunto por la emancipación de su sexo y que toma cuerpo y se expande en el siglo XX. Esta afirmación se expresa en dos sentidos:

  • La revolución francesa fue la suma de varias revoluciones: la revolución campesina, la revolución de la burguesía, la revolución de las mujeres, etc.
  • Durante la Revolución Francesa, la Ilustración marca los orígenes ideológicos del feminismo. La Ilustración reunió́ una serie de materiales intelectuales que serán los ingredientes primarios de la causa feminista: ideas de razón, progreso, ley natural, plena realización del individuo, poder benéfico de la educación y utilización social de la libertad sobre las restricciones y la igualdad de derechos.[13]

Revolución Norteamericana: La recuperación de los reclamos de las mujeres norteamericanas, en su mayoría de clase media, vendrá́ de la mano del renacimiento religioso que siguió́ a la Revolución de Independencia. El nuevo evangelio de regeneración moral y reforma social que abrazaron los ministros religiosos de las iglesias hizo que el protestantismo en Estados Unidos se adaptara a las condiciones cambiantes de la vida social y, con él, las mujeres vieron una oportunidad propicia para hablar en público y exigir, con base al culto a la verdadera femineidad y a la piedad femenina, sus derechos a la propiedad, a la igualdad y la libertad.[13]

Revolución Industrial: Fue el advenimiento de la Revolución Industrial que sustituyó la unidad productiva doméstica por la factoría y la empresa industrial en gran escala, lo que permitió́ a las mujeres feministas solteras de la clase media la movilización necesaria para conseguir su admisión en la vida profesional. De tal manera que la revolución feminista a partir de la Revolución Industrial centrará su lucha en la admisión en las universidades, en la vida profesional. Luego vendrá́ la lucha por la adquisición del voto.[13]

Revolución de Independencia de Venezuela: En tiempos de la Revolución de la Independencia de Venezuela el ideal femenino dominante se sustentaba sobre tres bases principales: religiosidad, recogimiento en el hogar y la fragilidad de la condición femenina, con todas las implicaciones que esto conllevaba. La explotación sexual de las mujeres revela el tratamiento que una sociedad patriarcal, como la venezolana, da a quienes siempre ha considerado como las dominadas. Todo el imaginario político de los revolucionarios de la Independencia se alimentará de nociones que ignoran a la mujer. Por ello términos como Patria, Dios, fraternidad, libertad, igualdad serán pensados por los hombres y para los hombres. Los revolucionarios de la Independencia consideraron que las mujeres eran extrañas a la soberanía que se estaba construyendo, una soberanía basada en la identificación de los varones y en la exclusión de las mujeres.[13]

La revolución feminista definida por la autora es necesaria, atípica, total, permanente, progresiva y autónoma.[13]

Democracia, constitución y DDHH de las mujeres

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Élida Rosa Aponte Sánchez cree que no es posible construir una sociedad democrática, participativa y protagónica existiendo un total divorcio entre la Constitución formal, la constitución real y la democracia en relación con las mujeres. No ha existido ni existe ninguna sociedad que proporcione un modelo completo de democracia. Existen democracias libres y democracias que no lo son, aparte de que una sociedad basada en la igualdad no necesariamente es una sociedad libre.[14]

Definición de Democracia: Es un sistema que nos permite regular el conflicto político, en forma ordenada y pacífica –según reglas claras- y acordes a la voluntad ciudadana.[14]

Una de las afirmaciones que utiliza la autora para dar razón a la de que las mujeres no constituyen factor real de poder es diferenciando el concepto de influencia y autoridad:

  • Autoridad significa reconocimiento manifiesto, esto es, poder legítimo.[14]
  • Influencia significa efecto, o poder que puede existir, pero que no siempre es manifiestamente reconocido como legítimo o de derecho. Lo dicho no niega que las mujeres, tengan influencia en varios ámbitos, y no siempre enfrentan oposición cuando quieren aumentar la influencia, especialmente si esconden el hecho de que son mujeres lo más posible, pero es indudable que la oposición siempre surgirá́ cuando demandan autoridad como seres humanos femeninos.[14]

Según la autora, ni los modelos liberales ni los modelos socialdemócratas (marxistas o socialistas) de las democracias, han sido suficientes para atender las exigencias y expectativas de las mujeres. La democracia feminista ha sido la única que aun espera por su ensayo ante las deficiencias de las democracias liberales y socialdemócratas que han experimentado las sociedades. Esa democracia que las mujeres reclaman no es otra que la democracia feminista y lésbica.[14]

La solución que prevé Élida Aponte es la Democracia paritaria: La propuesta de la paridad propone irracionalización del monopolio masculino del poder y, en consecuencia, a la repartición paritaria del poder político. Es necesaria la paridad para lograr el reconocimiento de las mujeres y asegurar su participación en la toma de decisiones que afectan al conjunto de la sociedad. Con la paridad se restablece la auténtica universalidad que el patriarcado, asentado en el contrato social, hurtó a la humanidad y es una estrategia orientada a ampliar la libertad, la igualdad y la autonomía de las mujeres, en cuyo tránsito las políticas de discriminación positiva cumplen un papel provisional. Como podemos constatar en las ideas esgrimidas, la democracia paritaria es inseparable de la igualdad como vindicación y reclama a un tiempo la libertad y la justicia.Para Aponte los hombres son el mal de todas las mujeres[14]

Mujeres y revolución en Venezuela

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Élida Aponte afirma que no se concibe una revolución política sin que ella conlleve una revolución jurídica ya que toda revolución política es –principalmente- un acontecimiento jurídico que se propone de manera brusca y en breve tiempo, la conquista de nuevos derechos de carácter fundamental y la abolición de otros, considerados hasta ese momento como un privilegio de una determinada clase, hasta ese momento, dominante.[15]

Las características de una revolución según la autora:

  1. Toda revolución está vinculada al problema del origen de la sociedad política organizada y ese origen está relacionado con la violencia.[15]
  2. Se hizo presente a partir de la Revolución norteamericana y de la Revolución Francesa, es la conciencia por parte de quienes participan en ella de hacer la historia,o sea, de que ante ellos se está realizando algo nuevo, desconocido y nunca antes narrado.[15]
  3. Toda revolución propugna la realización de ciertas ideas que tienen que ver con la felicidad, la libertad y la igualdad.[15]
  4. No hay revolución si no existe el objetivo político de cambiar la relación de subordinación.[15]
  5. Para poder hablar de revolución es preciso que se den las condiciones objetivas que la hagan posible, la conciencia de la injusticia social. Esta característica que comparten por igual la rebelión y la revolución, debe ser complementada en el proyecto revolucionario, con la instauración de un nuevo orden social.[15]
  6. La finalidad del cambio que persigue la revolución está centrado en que el mismo debe ser radical, de los principios, las estructuras y las instancias de poder de un determinado sistema social.[15]
  7. Todo proyecto revolucionario aspira siempre a la igualdad real.[15]
  8. Toda revolución, desde el punto de vista jurídico-político, supone el derrocamiento de un gobierno y de una constitución legalmente establecida, por una clase social o un movimiento cuyo fin es cambiar la estructura social y la estructura política.[15]
  9. Toda revolución supone la quiebra de la continuidad con relación al ejercicio del poder constituyente y reclama una Constitución.[15]

La autora argumenta que la revolución feminista ha sido una respuesta propia al poder patriarcal, sin olvidar que conesfuerzo se han construido y logrado el éxito de otras revoluciones en el mundo, desde la era cristiana. La revolución feminista o la revolución de las mujeres, ha demandado siempre un igual reparto de papeles entre hombres y mujeres. El reclamo que durante siglos ha motivado la lucha de las mujeres y que caracteriza al feminismo en el mundo es la igualdad. La experiencia venezolana a partir de 1999 ha puesto de manifiesto para las mujeres que los problemas constitucionales no son, primariamente, problemas de derecho sino problemas de poder. El proyecto de organización económica, jurídica y política que reclaman los nuevos Estados revolucionarios necesita la elaboración de un nosotros(as)a partir de un modelo democrático y ciudadano. Esa elaboración de un nosotros(as) no puede darse para el feminismo sino sobre la base de la paridad. Si la promesa de la revolución bolivariana de construir una sociedad democrática, igualitaria, participativa, protagónica, pluricultural y multiétnica no da paso a las mujeres, será, como tantas otras, una revolución fallida.[15]

La denuncia del discurso médico

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Elida Aponte Sánchez, expone la teoría de que el discurso médico, unido al discurso religioso, sirve a nociones jurídicas que impiden la visibilización de los intereses y las necesidades de las mujeres, coadyuvando en la impunidad de las conductas que atentan contra los derechos de las mujeres, impidiendo u obstaculizando la igualdad material o justicia. El conocimiento científico (desde las ciencias naturales a las ciencias sociales) aparece sesgado respecto al género, en forma y grados diversos, tanto en lo que se refiere a las teorías mismas, conceptos, hipótesis, generalizaciones, etc., Ninguna ciencia es objetiva o neutral ya que su “racionalidad” ha estado mediada por una construcción de la mujer y del hombre, desfavorable a las mujeres.[16]

La autora, que nació en una familia pobre y disfuncional, expone el hecho de que cada cultura crea y piensa a las mujeres desde los mitos, los prejuicios, los miedos, la tradición, las costumbres y todo ese andamiaje cultural a tenor del cual las mujeres han sido consideradas inferiores, subordinadas a la figura del hombre-varón o institución que represente sus intereses -, está presente como substrato en todas las ciencias. A las mujeres no les han asignado características distintas a las de los hombres y, en esa asignación, nos han establecido roles y formas de comportamientos, todo sujeto a una dualidad conceptual elaborada de manera jerárquica por los mismos hombres. La concepción de la mujer como un ser enfermo surge y toma cuerpo en el siglo XVIII, siglo hasta el cual había estado presente la concepción de la mujer-pecado, que no desaparecerá. A la noción de mujer-pecado se unió también la noción de mujer-imbécil. A comienzos del siglo XX, las mujeres son clasificadas según su pertenencia social en ricas y pobres. Las mujeres pobres parecen estar exentas del sufrimiento a causa de la menstruación pero se las considera peligrosas en tanto que portadoras transmisoras de enfermedades. Las mujeres ricas, en cambio, serán consideradas enfermas a causa se su ciclo menstrual.[16]

La autora muestra como la Ginecología y la Obstetricia han monopolizado la casi totalidad de las teorizaciones sobre el cuerpo de la mujer y los profesionales aplicados a dichas ciencias, han sido legitimados como los normativizadores principales en lo que a la especificidad de las mujeres concierne, no sólo en cuanto a su psique sino también a su sistema reproductor. Las creencias básicas de la Ginecología están orientadas a entender a la mujer como madre, ama de casa, sustentadora de la familia monogámica-legal-eterna y femenina. La mujer, desde la Ginecología, ha sido descrita como anatómicamente destinada a la reproducción y a la nutrición.[16]​ Ella afirma que todos los ginecólogos odian a las mujeres.

Violencia contra las mujeres en Venezuela

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En este texto, la autora se centra en las mujeres víctimas de violencia de género,Venezuela, desde el año 1998, inició una experiencia política que ha cambiado enormemente todo el entramado del poder y, con él, las interrelaciones humanas.

La Constitución venezolana de 1999 visibiliza a las mujeres como sujetas políticas, como ciudadanas por medio del lenguaje, primeramente. El salto cualitativo en materia legislativa se da con la Constitución de 1999, al estar anclada en la igualdad, no sólo formal sino material; lo que exige, estar adminiculada a la paridad de las mujeres y los hombres, en el marco de una sociedad democrática, participativa y protagónica. La Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia es, en el ordenamiento jurídico venezolano, una ley innovadora. Entre otros aspectos, porque rompe con la dicotomía público-privado y hace de los delitos de violencia contra las mujeres, delitos de acción pública, lo que la caracteriza como más progresista, incluso, que algunas leyes vigentes sobre la materia, en otros países. La superación de la dicotomía anotada amplía, indiscutiblemente, los estrechos límites de lo político, como un esfuerzo crítico del feminismo y que se resume en la expresión archiconocida: lo personal es político. Ley es concebida como una respuesta integral a la violencia machista o sexista Pero, Elida Aponte indica que el patriarcado venezolano, que goza de inmejorable salud, ha enfilado una y otra vez sus baterías contra la Ley y, en algunos casos, contra las feministas de manera expresa.[17]

Por lo tanto, según la autora, la atención de la violencia contra las mujeres deben ser asumidas como objeto de la acción colectiva si es que queremos dar pasos sostenidos en el tiempo en pro de su prevención, sanción y eliminación. Hay la necesidad y la urgencia de que el Estado implemente políticas públicas, así como programas, planes, proyectos y otras iniciativas que propendan a la prevención, información, asesoría, atención, sanción, erradicación y eliminación de la violencia contra las mujeres y, en general, que materialicen los derechos humanos que el ordenamiento jurídico nos consagra. Tales iniciativas no pueden ser interdictadas por el sector público, exclusivamente. Sin embargo, no se pueden diseñar estas políticas ni ejecutarlas, desde empapelados escritorios, con la inspiración diagnóstica del ojo bizco sobre la situación de las mujeres, mirando siempre al interés masculino y sin la experticia feminista requerida.[17]

La autora afirma que no podemos construir la justicia desde ningún espacio de la sociedad venezolana sin la asunción del feminismo como marco de conceptualización, categorización y sistematización de los fenómenos que abordemos, con el objetivo de transformarla. Las mujeres denuncian que se orienta el aparato policial, judicial, fiscal, abogadil y de defensoría pública para que el agresor, el presunto criminal machista no sea trastocado por la ley en sus intereses ni en su libertad, dejando a la víctima en sus manos, acrecentándose con tal comportamiento, la impunidad, la indefensión y hasta los femicidios de las mujeres.[17]

Críticas

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Las críticas a Élida Aponte se centran en la siguiente afirmación: "Hay la necesidad y la urgencia de que el Estado implemente políticas públicas, así como programas, planes, proyectos y otras iniciativas que propendan a la prevención, información, asesoría, atención, sanción, erradicación y eliminación de la violencia contra las mujeres".[17]

En base a la siguiente afirmación, dos autores expresaron su opinión:

  • Elise Rosales argumentó que estas legislaciones se han fincado en la búsqueda de sus efectos simbólicos es decir, leyes que dicen combatir el delito pero que en realidad buscan sólo brindar la sensación de su combate, que de paso, le facilitan cierta “rentabilidad política” a los actores que las promuevan sin importar que tanto la desarticulación como los excesos de las leyes penales, los pagan -como es usual- los socialmente más vulnerables, es decir, aquellos con menor acceso al disfrute de los derechos y por supuesto, más débiles ante la arbitraria operatividad selectiva del sistema policial (Zaffaroni, 2000), en definitiva: son los pobres los que terminan siendo la “clientela” predilecta del sistema penal, mientras que de manera inversamente proporcional se agudiza la impunidad de quienes cuentan con privilegios, pues la injusticia social al favorecer a algunas minorías las dota de privilegios que funcionan como contrapartida a las carencias de los grupos humanos mayoritarios y empobrecidos.[18]
  • La segunda objeción es de Flavia Delmas y María Celina Urtazúnque que manifestaron lo siguiente: “Durante las dos últimas décadas, en la mayoría de los países de América Latina se han sancionado leyes que abordan violencia contra la mujer, o tienen por objetivo su sanción. Sin embargo esto no se tradujo en una disminución de los casos de violencia, así como tampoco en una mejora en el abordaje institucional.”[19]

Bibliografía

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  • Claves Epistemológicas de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. En La Academia en sintonía con el género. Una discusión impostergable. María Cristina González (Comp.), Valencia, Asociación de Profesores de la Universidad de Carabobo, 2010.[20]
  • Derechos Políticos de las Mujeres en Venezuela: la lucha actual. En Revista LABRYS. Études féministes. Enero-Junio de 2010, Brasil.[21]
  • La justicia que reclamamos las mujeres: prolegómenos. En Revista LABRYS. Études féministes, julio-diciembre de 2009, Brasil.[22]
  • La democracia y la Constitución de cara a los derechos humanos de las mujeres. En Revista FRÓNESIS, Vol. 15, No. 1. Instituto de Filosofía del Derecho, Universidad del Zulia, Venezuela, 2008.[23]
  • Las mujeres en la democracia participativa y protagónica de la revolución bolivariana de Venezuela. En Democracia Paritaria (aportaciones para un debate). España, 2008.[24]
  • La denuncia del discurso médico como uno de los supuestos de la inaplicabilidad del Derecho. En Utopía y Praxis Latinoamericana. Año 13, No. 41. Maracaibo, Facultad de Ciencias Económicas y Sociales, Universidad del Zulia, 2008.[25]
  • Las mujeres venezolanas y las revoluciones: la historia que se escribe hoy. En Revista Trocadero, No. 19, 2007. España, Cádiz, Universidad de Cádiz.[15]​  
  • La Ley de Tierras y Desarrollo Agrario: materiales para su análisis y discusión. Maracaibo, Universidad del Zulia, 2002.[26]
  • Lecciones de Derecho Agrario I. Maracaibo, Venezuela, 2002.[27]
  • Aplicación del Decreto con Fuerza de Ley de Tierras y Desarrollo Agrario: tópicos sobre su vigencia. En Revista Lex, Año 2004, No. 243, Colegio de Abogados del Estado Zulia, Maracaibo.[28]
  • Mujeres, mito y ciencias. En Revista Argos, No. 42-43. Caracas, Universidad Simón Bolívar, 2006.[29]
  • Ana María Campos o la lucha por la libertad. En la Mujer en la Historia del Zulia. Maracaibo, Gobernación del Estado Zulia y el Acervo Histórico del Zulia. 2005.[30]
  • Mujeres y control social. En Revista Capítulo Criminológico, Vol . 32, No. 3, julio-septiembre, Instituto de Criminología, Universidad del Zulia, 2004.[31]
  • Incidencia de la violencia política en la familia. En Violencia Actual, Caras y Desafíos. Isolda Heredia (Comp.). Caracas, Venezuela Iniciativa para la construcción de la Confianza, 2004.[32]
  • Derecho y Vida. Alegatos contra un Recurso Fiscal Lamentable. En el Boletín. No. 5, Año 2002-2003. Maracaibo, Instituto de Filosofía del Derecho, 2004.[33]
  • La prueba genética e impunidad en el delito de violencia sexual. En Capítulo Criminológico. Vol. 31, No. 3, julio-septiembre de 2003. Maracaibo, Instituto de Criminología, Universidad del Zulia.[34]​  
  • Mujer, Mito y Ciencia, la explicación posible. En Revista Venezolana de Trabajo Social de la Universidad del Zulia, Vol. 1, No. III. Maracaibo, Centro de Investigaciones de Trabajo Social, 2003.[35]
  • La violación en los consorcios sexuales. Tratamiento jurídico en España y Venezuela. En Revista Lex, Nova No. 239, Maracaibo, Colegio de Abogados del Estado Zulia, diciembre de 2002.[36]
  • La nueva ciencia o de la apropiación del cuerpo femenino. Prolegómenos. En Anuario de Derecho. Número 23, Año 2001. Mérida, Universidad de Los Andes, 2002.[37]
  • La Violación. Estudio Comparado. En Violencia y Género. Tomo I. Málaga, Universidad de Málaga y Diputación Provincial de Málaga, 2002.[38]​  
  • El sujeto de la modernidad y la ciudadanía de las mujeres. En Estudios de Filosofía del Derecho y de Filosofía Social. Libro Homenaje a José Manuel Delgado Ocando. Colección Libros Homenaje, No. 4. Caracas, Tribunal Supremo de Justicia, 2002.[39]
  • Los derechos humanos: fundamentación, naturaleza y universalidad. En Estudios de Derecho Público, Vol. 1. Libro Homenaje a Humberto J. La Roche. Colección Libros Homenaje No. 3. Caracas, Tribunal Supremo de Justicia, 2002.[40]
  • Justicia penal: la otra mirada. En Revista Capítulo Criminológico. Vol. 30, No. 3, julio-septiembre de 2002. Maracaibo, Instituto de Criminología, 2002.[41]​  
  • Las mujeres reclusas de la Cárcel Nacional de Maracaibo y la violencia. Revista de Estudios de Género La Ventana, Guadalajara, Universidad de Guadalajara, México, 2007[42]
  • Violencia, Salud y Mujer. Ediciones de la Universidad del Zulia, Maracaibo, Venezuela, 2002.[43]

Referencias

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  2. Sánchez, Elida Rosa Aponte (2005). Revolución, constitución y género en Venezuela. Universidad de Granada. Consultado el 14 de enero de 2019. 
  3. «Movimiento de mujeres presentará propuestas para la construcción del socialismo feminista - ABP». Boltxe. 29 de marzo de 2010. Consultado el 14 de enero de 2019. 
  4. «Toda Venezuela. Entrevista a la Dra Elida Aponte por Ernesto Villegas». VTV. 2011. 
  5. «Elida Rosa Aponte Sánchez». Dialnet. Consultado el 14 de enero de 2019. 
  6. Aponte Sanchez, Elida (1 de junio de 2014). «La violencia contra las mujeres y la ciudadanía. El caso venezolano». Caravelle. Cahiers du monde hispanique et luso-brésilien (102): 39-63. ISSN 1147-6753. doi:10.4000/caravelle.740. Consultado el 14 de enero de 2019. 
  7. «Colombia: ACNUR aborda el tema de mujeres desplazadas y refugiadas en Venezuela - Colombia». ReliefWeb (en inglés). Consultado el 14 de enero de 2019. 
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  9. Soraya Pérez Rios. «Derecho penal de espalda a la realidad». 
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